Responsabilidad Medioambiental
Respondiendo a una demanda que cada día crece en el entorno empresarial se ha diseñado un producto asegurador para cumplir con la Orden TEC/1023/2019 que ofrece a las empresas la posibilidad de transferir su riesgo medioambiental a un tercero protegiendo así su patrimonio como el de cualquier responsable de esta.
Ventajas: 
- Sin sublimites en costes de prevención y evitación.
 - Sin sublimites en costes de limpieza On Site.
 - Posibilidad de cobertura del Fondo de Daños Medioambientales (Fundamental para la nueva obligatoriedad que entra en vigor el 15/10/2021).
 - Se adaptan las pólizas al capital exigido por el A.R.M.A. (Análisis de Riesgo Medioambiental) dándole coberturas al F.C.D.M. (Fondo de Compensación de Daño Medioambiental).
 - Se adaptan los certificados exigidos por las administraciones.
 - Condicionado sencillo y claro para facilitar a los asegurados la compresión de sus cláusulas.
 - Equipo especializado en Riesgos Medioambientales con posibilidad de organizar formaciones.
 - Identificación de posibles nichos.
 
Además, permite contratar opcionalmente las coberturas de:
- Cobertura de gastos de gestión de crisis.
 - Capacidad hasta 10MM euros.
 - Interrupción de la actividad del negocio.
 - Contaminación por transporte de mercancías en vehículos propios y/o de terceros.
 - Perjuicios patrimoniales puros.
 - Accidentes de trabajo por contaminación.
 - Contaminación por actividades fuera de las instalaciones.
 
Si estas interesado en contratar un Seguro de estas características 
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